jueves, 31 de agosto de 2017

Dúplex En Venta Juan Ramon Jimenez s/n, Arroyo de la Miel, Benalmádena

Dúplex En Venta Juan Ramon Jimenez s/n, Arroyo de la Miel, Benalmádena: Bonito Dúplex con personalidad y estilo, a un paso del centro de Arroyo de la Miel, excelente ubicación y acceso a la Autovía.
3 amplios dormitorios, completamente amueblado y equipado, muy luminoso y con orientación sur, vistas despejadas. Garaje privado individual incluido en el precio de venta. Vistas a la costa y a la montaña.
Toda la documentación en regla, impuestos y recibos de suminitros totalmente al día.
Primera planta sin ascensor, sólo una escalera, se puede hacer otro baño ó aseo.
Muy buen estado de conservación.

martes, 15 de agosto de 2017

Dúplex En Venta Calle Torrealmádena s/n, Cortijo Torrequebrada

Dúplex En Venta Calle Torrealmádena s/n, Cortijo Torrequebrada: Torrealmadena, aloha playa. Apartamento en primera línea de playa, reformado, parking comunitario cerrado en superficie, vistas impresionantes a la playa, a las piscinas y a la montaña, zona muy turística, rodeado de todos los servicios, bares, restaurantes, chiringuitos, parada de taxi y bus. Aeropuerto de Málaga a diez minutos. Playa a unos 50 metros. 11ª Planta. Ascensor. Garaje. Amueblado. Terraza. Calefacción. Piscina. Jardín. CE: G
Muy alto potencial para el alquiler, gran inversion.
COMUNIDAD 143 € INCLUIDA LUZ Y AGUA.
•55 m2 construidos
•44 m2 útiles
•1 dormitorio
•1 wc
•Terraza
•Plaza de garaje incluida en el precio
•Segunda mano/Buen estado
•Armarios empotrados
•Sur, Oeste
Edificio
•Planta 6, exterior
•Con ascensor
•Certificación energética G: (69 kWh/m2 año)
Equipamiento
•Aire acondicionado
•Piscina
•Jardín.

viernes, 11 de agosto de 2017

Piso En Venta Los Pacos s/n, Los Pacos, Fuengirola

Piso En Venta Los Pacos s/n, Los Pacos, Fuengirola: Estupendo apartamento en Los Pacos, muy bien ubicado, comunidad muy bien mantenida con amplios jardines y piscina comunitraira
3 dormitorios, 2 baños, suelos de tarima, paredes lisas, armarios empotrados, climatización centralizada frio-calor, terraza de 15 m2.
Excelente conservación, recien puesto a la venta.
comunidad 75 € / mes, IBI 349 €, Basura 53 € ( estando empadronado en Fuengirola )
Cerca de comercios, autovía, tiendas, restaurantes, de la playa.
Garaje privado y trastero.
Cocina totalmente amueblada y equipada con electrodomesticos.
La escritura de tu casa determinará si con la venta debes pagar la plusvalía municipal a Hacienda
El Gobierno ha aprobado el proyecto de ley que modifica la Ley reguladora de las Haciendas Locales para regular la plusvalía municipal en caso de la transmisión de un inmueble a pérdidas. La piedra angular de esta nueva ley es la forma de determinar la existencia del incremento del valor del terreno. En el caso de la venta de una vivienda, la escritura de la compraventa será la que determine si se ha transmitido en pérdidas o no. 
La modificación de la Ley reguladora de las Haciendas Locales introduce un nuevo supuesto que declara que las transmisiones de inmuebles en las que el valor del terreno no se ha incrementado no están sujetas al pago de la plusvalía municipal.
José María Salcedo, socio del despacho de abogados Ático Jurídico, detalla la manera de determinar si ha existido incremento o no:
·         Transmisiones onerosas (como la compraventa de una vivienda): las escrituras determinan la existencia del incremento del valor del terreno. Y si la administración autonómica correspondiente ha comprobado el valor de las mismas, entonces es este valor al que habrá que referirse. 
·         Transmisiones gratuitas (como donaciones o herencias): será el valor real a efectos del Impuesto de Sucesiones y Donaciones (el fijado según el método de cada Comunidad Autónoma).
Así, la base imponible de la plusvalía municipal está constituida por el incremento del valor de los terrenos, puesto de manifiesto en el momento del devengo y experimentado a lo largo de un periodo máximo de 20 años, y se determinará multiplicando el valor del terreno en el momento del devengo por el coeficiente que corresponda al periodo de generación (el número de años transcurridos desde la adquisición del terreno hasta la fecha de su transmisión).
El coeficiente a aplicar sobre el valor del terreno en el momento del devengo será el que corresponda de los aprobados por el ayuntamiento según el periodo de generación del incremento de valor, sin que pueda exceder de los límites siguientes:
Esta ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

La plusvalía municipal, en un vacío legal

Desde que el Tribunal Constitucional tumbase el pasado mes de mayo el impuesto de la plusvalía municipal cuando el inmueble se vendiera a pérdidas, el cobro de este tributo se encuentra en un vacío legal. Hasta que el Gobierno no apruebe definitivamente la modificación de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (LHL), las liquidaciones dictadas por las administraciones autonómicas están siendo consideradas nulas por los juzgados, tal y como recuerda Salcedo. Y es que es la nueva norma la que debe determinar si en la venta ha habido una ganancia o una pérdida.
En concreto, la sentencia del TC del pasado 11 de mayo declaraba inconstitucionales y nulos los artículos 107.2 y 110.4 de la LHL, artículos que se han modificado en el Proyecto de Ley, porque hacían tributar a los contribuyentes en supuestos en los que el terreno se había transmitido en pérdidas, y por tanto no existía capacidad económica alguna.
Paralelamente, el Tribunal Constitucional declaró que la forma de determinar la existencia o no del incremento del valor del terreno es algo que solo corresponde al legislador. De ahí que ya se haya aprobado el Proyecto de Ley que entrará en vigor en unos meses. 


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